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SUBVENCIONES 2023

Consulta las convocatorias y resoluciones de Subvenciones 2023

25-11-2024 REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE JUSTIFICACIONES EN LINEAS 1, 2, 3, 5, y 6

SE REQUIERE para que se presente subsanación de la justificaciones señaladas, en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el tablón electrónico de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios/).

PUBLICACION PROGRAMADA EN TABLON DE ANUNCIOS: 25/11/2024

Se advierte a las entidades y personas deportistas interesadas, que en caso de no presentar la documentación requerida, estar ésta incompleta de tal forma que haga imposible su valoración, o no subsanar el error o deficiencia advertida, se tendrá por desistida la solicitud de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pudiendo producirse el reintegro de cantidades percibidas conforme a la base 21.2.c) de las Bases Generales de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva al Fomento del Deporte del IMDECO y artículos 30.8 y 37.1 aptdo. c) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).

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23-09-24: REQUERIMIENTO DE SUBSANACION DE JUSTIFICACIÓN LÍNEA 4: ESCUELAS DEPORTIVAS. TEMPORADA 2023/2024

 SE REQUIERE para que presenten las subsanaciones de las justificaciones señaladas, “DEFICIENCIA A SUBSANAR”, en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el tablón electrónico de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios/).

La documentación deberá presentarse en todos los casos y tal y como se establece en la Base 11 de las Bases Generales, accediendo al procedimiento habilitado a tal efecto en el Catálogo de Trámites y Servicios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, al que podrá accederse desde la siguiente dirección: https://sede.cordoba.es/cordoba/

La justificación incompleta producirá la pérdida del derecho de obtención de la subvención y, en su caso, la apertura del correspondiente procedimiento de reintegro de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Base 21.2.c) de las bases Generales y artículos 30.8 y 37.1 aptdo. c) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).

Publicado en el Tablón Electrónico del Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios/) con fecha 23/09/2024

FIN PLAZO SUBSANACION: 7 OCTUBRE 2024

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12-06-2024 REQUERIMIENTO JUSTIFICACIÓN EN PLAZO ADICIONAL. LÍNEA 4: ESCUELAS DEPORTIVAS. TEMPORADA 2023/2024

(Publicado también en el tablón electrónico del Ayuntamiento de Córdoba https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios/).

Conforme a la base 18.4 de las Bases Generales reguladoras de la Concesión de Subvenciones al Fomento del Deporte, se requiere a las entidades que transcurrido el plazo ordinario, no han presentado la oportuna justificación, las cuales se relacionan en documento adjunto, para que en el plazo improrrogable de quince días hábiles, a contar del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Tablón Electrónico de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba, sea presentada dicha justificación, conforme al art° 70.3 del RD 887/2006 Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

No presentada la documentación requerida, o incompleta que haga imposible su valoración, o presentada fuera de plazo o por otra vía que la señalada a continuación, producirá la pérdida del derecho de obtención de la subvención y, en su caso, la apertura del correspondiente procedimiento de reintegro de conformidad con lo dispuesto en la Base General 21.2) y lo previsto en el artículo 42 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 94 del Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio

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24-04-2024 REQUERIMIENTO JUSTIFICACIÓN LÍNEA 4: ESCUELAS DEPORTIVAS. TEMPORADA 2023/2024

(Publicado también en el tablón electrónico del Ayuntamiento de Córdoba https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios/).

El plazo de justificación será del 1 al 31 de mayo de 2024 (inclusive).

Los obligados a la relación electrónica conforme lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre (entidades), presentarán la documentación por medios electrónicos a través Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, (https://sede.cordoba.es/cordoba), Catálogo de Trámites / Servicios.

Los modelos relativos a medidas de difusión de la subvención y detalle de gastos, a adjuntar al formulario a cumplimentar en sede electrónica, se relacionan a continuación:

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17-01-2024 REQUERIMIENTO DE APORTACIÓN DE JUSTIFICACION. SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL DEPORTE 2023

En el Tablón electrónico de Anuncios y Edictos del Ayuntamiento de Córdoba de fecha 17 de enero de 2023, se ha publicado Requerimiento de aportación de documentación justificativa relativa a la Convocatoria de Subvenciones al Fomento del Deporte año 2023 (Acuerdo Consejo Rector de 27 de marzo de 2023; BOP n° 72 de 18 de abril de 2023).

De conformidad con la Base General 14.3, se hace pública la relación de entidades que no han presentado en tiempo y forma la documentación acreditativa de la subvención otorgada, requiriendo a los interesados a que la presenten, en el plazo máximo e improrrogable de quince días hábiles contados a partir de la fecha abajo indicada.

La documentación deberá presentarse en todos los casos y tal y como se establece en la Base 11 de las Bases Generales, accediendo al procedimiento habilitado a tal efecto en el Catálogo de Trámites y Servicios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, al que podrá accederse desde la siguiente dirección: https://sede.cordoba.es/cordoba/

FECHA INICIO DE PLAZO DE PRESENTACIÓN: 23/01/2024

FECHA FIN: 12/02/2024 (Inclusive)

DOCUMENTO ANEXO:

 

12-12-2023 PUBLICACION DEL DECRETO Nº 2023/16228: CORRECCIÓN DE ERRORES A LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LAS LÍNEAS 1 A 6 DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL DEPORTE 2023

Habiéndose detectado un error aritmético en los sumatorios de algunas subvenciones otorgadas a las entidades relacionadas en el Anexo 5 del Decreto 2023/15245, de 22 de noviembre (CSV: fcb4879550b064c7942cc1e0602e7329d607770d), de Resolución Definitiva Subvenciones al Fomento del Deporte 2023, correspondiente a la Línea 5: Eventos deportivos, y en concreto de aquellas que presentan varios eventos, se hace público el DECRETO Nº 2023/16228 (CSV: 48f9e5b1fd58ae007cc5d5127ffc591e2d0dc48f ) DE CORRECCIÓN DE ERRORES A LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LAS LÍNEAS 1 A 6 DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL DEPORTE 2023, mediante anuncio en el tablón electrónico del Ayuntamiento de Córdoba y en la web institucional www.imdcordoba.es

DOCUMENTO ANEXO:

 

23-11-2023 PUBLICACION DEL DECRETO Nº 2023/15245: RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LAS LÍNEAS 1 A 6 DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL DEPORTE 2023

De conformidad con lo previsto en la base 15.4 de las Bases Generales de Subvenciones al Fomento del Deporte, vistos los expedientes por el Servicio de Gestión Deportiva y Mantenimiento, conforme a los criterios de valoración establecidos para la línea 1 a 6 de la Convocatoria 2023, se hace pública la RESOLUCIÓN DEFINITIVA, mediante anuncio en el tablón electrónico del Ayuntamiento de Córdoba con fecha 23 de noviembre de 2023, así como en la web institucional www.imdcordoba.es

Contra dicha Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52.1 de la Ley 7/85 de 2 de abril de Bases de Régimen Local, 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó el acto.

Si no se estima oportuna la interposición de dicho recurso, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados en la misma forma ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, con arreglo a lo señalado en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Así mismo podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente.   

Según lo dispuesto en la Base General 15.4, los interesados beneficiarios a partir del día siguiente a la publicación deberán comunicar, en el plazo indicado más abajo, su aceptación o renuncia con arreglo al procedimiento electrónico habilitado a tal efecto en el Catálogo de Trámites y Servicios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba. No obstante, la aceptación se entenderá otorgada si el beneficiario no manifiesta su oposición en el citado plazo. Asimismo, a partir del día siguiente a dicha publicación, dará comienzo al plazo de justificación de la subvención, que se realizará a través del mismo medio especificado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba a través del siguiente enlace: https://sede.cordoba.es/cordoba/  desde donde también se podrán consultar los CSV (Código Seguro de verificación) de los documentos mencionados en la Resolución. No será necesaria la aceptación expresa para el caso de la Línea 4: Escuelas Deportivas. Para esta Línea, el plazo de justificación será, de acuerdo con la cláusula 10.2 de la Convocatoria, del 1 al 31 de mayo de 2024, para lo cual se abrirá, oportunamente en Sede Electrónica, el correspondiente procedimiento.

  • FECHA INICIO DE PLAZO ACEPTACIÓN O RENUNCIA / JUSTIFICACIÓN: 24/11/2023
  • FECHA FIN: 23/12/2023 (INCLUSIVE)

DOCUMENTOS ANEXOS:

RESOLUCIÓN DEFINITIVA.

4.-PUBLICIDAD-SUBVENCION-LINEA-1

4.-PUBLICIDAD-SUBVENCION-LINEA-2

4.-PUBLICIDAD-SUBVENCION-LINEA-3

4.-PUBLICIDAD-SUBVENCION-LINEA-4

4.-PUBLICIDAD-SUBVENCION-LINEA-5

4.-PUBLICIDAD-SUBVENCION-LINEA-6

08-11-2023 OBLIGACIÓN Y MEDIDAS PARA LA PUBLICIDAD.

Conforme lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las personas deportistas y entidades deportivas beneficiaras deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la actividad realizada objeto de la subvención aprobada por el IMDECO en las diferentes convocatorias de subvenciones.

Las personas deportistas podrán dar cumplimiento de esta obligación a través de la entidad deportiva por la que poseen licencia deportiva.

La adecuada publicidad podrá realizarse mediante la inclusión de la imagen institucional y leyenda relativa a la financiación del IMDECO en cualquiera de los medios, utilizados por la entidad beneficiara, atendiendo a la naturaleza de la actividad subvencionada, conforme se establece en las Bases Generales.

En los siguientes archivos tienen disponibles la imagen institucional y la leyenda relativa a la financiación del IMDECO para los soportes digitales, de carteles, etc.

En la pestaña IMDECO-IMAGEN CORPORATIVA de esta web tienen disponible la imagen institucional del IMDECO.

 Pulse en el texto para ver Archivos adjuntos:

4. PUBLICIDAD SUBVENCIÓN LÍNEA 1

4. PUBLICIDAD SUBVENCIÓN LÍNEA 2

4. PUBLICIDAD SUBVENCIÓN LÍNEA 3

4. PUBLICIDAD SUBVENCIÓN LÍNEA 4

4. PUBLICIDAD SUBVENCIÓN LÍNEA 5

4. PUBLICIDAD SUBVENCIÓN LÍNEA 6

09-10-2023 PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL DEPORTE AÑO 2023 (Acuerdo Consejo Rector de 27 de marzo de 2023; BOP nº 72 de 18 de abril de 2023),Y APERTURA DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. L1-6

En virtud de lo establecido en el la Base General 15.2, se ha publicado en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Córdoba con fecha 9 de octubre de 2023, la Propuesta de Resolución de la Convocatoria de Subvenciones al Fomento del Deporte año 2023  (Acuerdo Consejo Rector de 27 de marzo de 2023; BOP nº 72 de 18 de abril de 2023). Contra la misma podrán los interesados presentar Alegaciones, o bien su aceptación o desistimiento. Asimismo, cuando el importe de la propuesta sea inferior al que figura en la solicitud presentada, podrán presentar Reformulación de la solicitud para ajustarla a la subvención propuesta dentro del mismo plazo anteriormente expuesto.

Para ambos casos (alegación o reformulación), el plazo para su presentación será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Córdoba, mediante los formularios normalizados para cada Línea que podrán descargarse a través de la página web del IMDECO: https://www.imdcordoba.es/ , debidamente cumplimentados, y en todos los casos por medios electrónicos mediante instancia general presentada en tiempo y forma en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba a la atención del IMDECO accediendo a través del siguiente enlace: https://sede.cordoba.es/cordoba/ , desde donde también se podrán consultar los CSV (Código Seguro de verificación) de los documentos mencionados.

FECHA INICIO DE PLAZO: 10/10/2023

FECHA FIN: 25/10/2023

 Pulse en el texto para ver Archivos adjuntos:

PROPUESTA RESOLUCIÓN PROVISIONAL L1- 6

LÍNEA 1 – ACEPTACIÓN-DESESTIMIENTO-ALEGACIÓN-REFORMULACIÓN

LÍNEA 2 – ACEPTACIÓN-DESESTIMIENTO-ALEGACIÓN-REFORMULACIÓN

LÍNEA 3 – ACEPTACIÓN-DESESTIMIENTO-ALEGACIÓN-REFORMULACIÓN

LÍNEA 4 – ACEPTACIÓN-DESESTIMIENTO-ALEGACIÓN-REFORMULACIÓN

LÍNEA 5 – ACEPTACIÓN-DESESTIMIENTO-ALEGACIÓN-REFORMULACIÓN

LÍNEA 6 – ACEPTACIÓN-DESESTIMIENTO-ALEGACIÓN-REFORMULACIÓN

14-07-2023 PUBLICACIÓN DE DECRETO 2023/9378. ADMITIDOS Y EXCLUIDOS SUBVENCIONES FOMENTO AL DEPORTE 2023 DESCRIPCIÓN: PUBLICACIÓN DEL DECRETO N°2023/9378, DE 13 DE JULIO DE 2023, POR EL QUE SE APRUEBA LA RELACIÓN DEFINITIVA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN REGIMEN DE CONCURRENCIA AL FOMENTO DEL DEPORTE AÑO 2023. LÍNEAS 1-6.

En atención a lo previsto en la base 13.3 de las Bases Generales de Subvenciones al Fomento del Deporte, se ha publicado en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento la Relación Definitiva de Admitidos y Excluidos correspondiente la Convocatoria de Subvenciones al Fomento del Deporte del año 2023, Líneas 1 a 6. Contra dicha Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52.1 de la Ley 7/85 de 2 de abril de Bases de Régimen Local, 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó el acto.

Si no se estima oportuna la interposición de dicho recurso, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados en la misma forma ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, con arreglo a lo señalado en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Así mismo podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

FECHA INICIO DE PUBLICACIÓN: 14/07/2023.

 Pulse en el texto para ver Archivo adjunto:

DECRETO nº 2023/9378 ADMITIDOS-EXCLUIDOS CONVOCATORIA SUBVENCIONES CONCURRRENCIA AÑO 2023

14-06-2023 REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES PRESENTADAS A LAS DISTINTAS LINEAS: 1 A 6
Nº Línea Línea de Actuación Periodo
1

Participación de Entidades Deportivas en

Competiciones Oficiales Federadas

Julio 2022

a Junio 2023

2

Participación de Deportistas en Competiciones

Oficiales Federadas

 

Julio 2022

a Junio 2023

 

3 Carreras Populares

Noviembre 2022

a Octubre 2023

4 Escuelas Deportivas

Octubre 2023 a

Abril 2024

5 Eventos Deportivos

Noviembre 2022 a

Octubre 2023

6 Participación de Equipos en Competiciones Nacionales

Julio 2022 a

Junio de 2023

  • Fecha de Publicación en Tablón de Anuncios Ayuntamiento de Córdoba: 14 junio 2023
  • El plazo de subsanación se inicia el día 15 DE JUNIO DE 2023 y finaliza el día 28 DE JUNIO DE 2023 (ambos inclusive).

 Pulse aquí para ver:

 

18-04-2023 CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES AL FOMENTO DEL DEPORTE AÑO 2023

En el BOP nº 72, de 18 de abril de 2023, se ha publicado la Convocatoria de Subvenciones al Fomento del Deporte del año 2023, la cual engloba las siguientes líneas (Pulse en cada línea para acceder al trámite en sede electrónica):

Conforme establecen las Bases Generales Reguladoras de la Concesión de Subvenciones al Fomento del Deporte, en régimen de concurrencia competitiva, del IMDECO, aprobada por el Consejo Rector del IMDECO en sesión de 27 de marzo de 2023 (BOP nº 66, de 10-04-2023), en su base 11, El plazo de presentación de solicitudes comprenderá 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Por ello, el plazo de presentación de solicitudes abarcará desde las 00:00 h del día 19 de abril hasta las 23:59 del 10 de mayo de 2023, ambos inclusive, a través del procedimiento que estará disponible a tal efecto en el Catálogo de Trámites y Servicios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba: https://sede.cordoba.es/cordoba).

DOCUMENTOS ANEXOS:

 

 

23-03-2023 REUNIONES INFORMATIVAS SUBVENCIONES FOMENTO DEL DEPORTE 2023

Estimado/a amigo/a:

Uno de los principales objetivos que me planteé con mi llegada al IMDECO fue mejorar en lo posible la tramitación de las Subvenciones de Concurrencia, de forma que diseñáramos un proceso facilitador y lo más ágil posible que nos permitiese, por un lado reducir todos los tiempos de cada uno de los procesos que la tramitación de estos expedientes conlleva, y por otro diseñar un modelo mucho más sencillo para todos los que concurrís a estas ayudas.

Siendo consciente que aún nos queda recorrido para llegar a la excelencia a la que aspiro, me es grato convocaros a las reuniones informativas que tenemos previstas celebrar los próximos días 28 y 29 de marzo en el Centro de Recepción de Visitantes, y que supondrán el pistoletazo de salida de la convocatoria del año 2023.

Dada la importancia y novedad de las cuestiones que os expondremos considero muy importante tu asistencia, acompañado de la persona que habitualmente sea responsable en tu entidad de la solicitud y justificación de estas convocatorias.

Pulse aquí para ver: Adjunto a este correo os detallamos el formato de las reuniones y los horarios previstos

Esperando poder saludarte personalmente esos días, recibe un cordial saludo.

Manuel Torrejimeno.

Presidente del IMDECO

 

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